Matrimonio
Casarte en la Provincia de Buenos Aires.
Requisitos
- Solicitar turno en delegación con 20 días hábiles de antelación a la fecha que desean contraer matrimonio. Este plazo se puede acortar por motivo debidamente justificado.
- Presentarse en la delegación hasta 14 días antes de la fecha de celebración del matrimonio con:
- DNI de los/as futuros/as contrayentes o documento que acredite identidad.
- Exámenes prenupciales clínicos y de sangre (opcional). Dichos estudios no pueden tener fecha mayor a 7 días del momento que se presentan en el Registro.
- Si la edad de los/las contrayentes es entre 16 y 18 años deberán contar con autorización de sus representantes legales (progenitores/as, tutores, etc). A falta de dicha autorización podrán celebrar el matrimonio previa dispensa judicial. Si la edad de los/as contrayentes es menor a 16 años deberá requerirse en todos los casos dispensa judicial
- Si alguno/a de los/as contrayentes estuviese divorciado/a, deberá justificar su estado civil con el acta de matrimonio anterior con la debida nota marginal de la disolución del vínculo.
- En caso de viudez o ausencia con presunción de fallecimiento, deberá presentar el acta de matrimonio anterior y el acta de defunción de su cónyuge.
- Podrán optar por el regimen de separación de bienes o comunidad de ganancias. De no efectuar la opción, regirá el ganancial.
- En caso que hayan optado por el régimen de separación de bienes, deberán presentar la correspondiente convención matrimonial. La misma deberá presentarse en original y copia en la Delegación en la que se celebre el matrimonio.
- Presentarse, el día de la celebración del matrimonio:
- Futuros/as contrayentes con DNI o documento que acredite identidad.
- Dos testigos mayores de 18 años con DNI.
Lugar y horarios de atención
Delegación del Registro Provincial de las Personas correspondiente al domicilio de cualquiera de los/as contrayentes.
Buscala Aquí
https://www.gba.gob.ar/registrodelaspersonas/matrimonios_y_uniones/matrimonio
Demora y entrega del trámite
El día de la ceremonia se entregará el acta de matrimonio y la libreta de familia.
Costo y medios de pago
- El costo de la solicitud para contraer matrimonio es de $ 400.
- El costo de la solicitud para contraer matrimonio en día inhábil de 13 a 16 h. es de $1600.
- La libreta familiar es sin cargo. En caso de necesitar duplicado el costo es de $240, y para triplicado y siguientes el costo es de $279.
En caso de solicitar la presencia del funcionario público en otro lugar distinto a la delegación, se deberá abonar la tasa provincial que corresponda.
El pago se puede realizar desde el Portal de Trámites de la provincia o retirar la boleta de pago en la delegación y abonar en cualquier sucursal del Banco Provincia o agencia Provincia Net.
A tener en cuenta
La edad mínima para contraer matrimonio es de 18 años, por lo cual la dispensa judicial es para quienes desean casarse y son menores de edad, la misma debe ser solicitada ante un/a Juez/a que evaluará su otorgamiento luego de una entrevista con los/as interesados/as.
En caso de solicitar la presencia del funcionario público en otro lugar distinto a la delegación, el pedido se formulará en el mismo sitio donde se solicita el turno y se hará entrega en el domicilio indicado por los/las solicitantes.
En el caso arriba mencionado, el acto es simbólico. Los/as novios/as gestionarán en la delegación correspondiente, toda la estructura legal para celebrar el matrimonio.